IKERBAT: proyectos de innovación en procesos de negocio

Entitatea

Eremua

Arloa

Data

Gauzatzeko epea

Desde solicitud hasta el 31/10/2027

Ehuneko

50%

Xedea

Apoyar proyectos de innovación de base teconológica aplicados a los procesos de negocio de empresas de la cadena de valor de la alimentación y de la madera. La innovación puede afectar a los procesos de producción, transformación, distribución o comercialización y debe consistir en la implantación de un proceso de negocio nuevo o sustancialmente mejorado, cuyas características o aplicaciones tecnológicas difieran significativamente de las utilizadas anteriormente por la empresa. El proyecto debe contriubir a una mejora sustancial de la posición competitiva de la empresa.

Egitateak

Son subvencionables los proyectos dirigidos a implantar una innovación tecnológica significativa en un proceso de negocio de la empresa.

Por ejemplo, conceptualmente pueden encajar proyectos que impliquen una transformación tecnológica significativa de:

– Procesos productivos.
– Procesos de transformación.
– Procesos de distribución y logística.
– Procesos de comercialización.
– Otros procesos de negocio directamente vinculados con la actividad de la empresa.

La clave es que no basta con incorporar tecnología. Debe existir una transformación sustancial del proceso respecto a la situación anterior.

Las bases excluyen expresamente:

– Cambios o mejoras menores.
– Modificaciones recurrentes.
– Proyectos cuyo objeto principal sea elaborar planes, estudios o análisis.
– Proyectos centrados en la innovación de un producto o servicio, ya que esta línea se dirige a procesos de negocio.
– Proyectos de digitalización que no provoquen mejoras significativas en los procesos.
– La simple implantación de productos informáticos.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

– Personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar dedicado al proyecto. Esta partida está limitada al 60 % de los costes elegibles.
– Instrumental y material: adquisición o alquiler en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto. Cuando no se utilicen durante toda su vida útil, únicamente será subvencionable la amortización correspondiente al periodo del proyecto. Esta partida puede representar como máximo el 80 % de los costes elegibles.
– Edificios: únicamente los costes de amortización correspondientes al periodo en que se utilicen para el proyecto. Máximo 60 % de los costes elegibles.
– Investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos mediante licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
– Consultoría y servicios equivalentes, siempre que estén destinados exclusivamente al proyecto.
– Gastos generales, incluyendo alquiler de edificios, viajes, dietas y otros gastos adicionales de explotación directamente derivados del proyecto, incluidos materiales, suministros y similares. Máximo 10 % de los costes elegibles.

Onuradunak

– Pymes, cualquiera que sea su forma jurídica.
– Grandes empresas, aunque únicamente podrán recibir ayuda cuando colaboren de manera efectiva con una o varias pymes y estas asuman, como mínimo, el 30 % del total de los costes subvencionables del proyecto.
– Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica.
– Comunidades de bienes.

Laguntza

Eskakizunik gabe.
Informazioa eskatu