GAUZATU INDUSTRIA

Entidad Ámbito Área Inicio Fin
GOBIERNO VASCO INVERSIONES CAPV 12/04/2025 30/05/2025

Plazo de ejecución

24 meses a partir de la solicitud y/o presolicitud


Porcentaje

Hasta el 35%


Objeto

Las subvenciones consisten en anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, y se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad


Hechos

Adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se trate de alguna de las siguientes categorías, según la definición que, al efecto, establece el Plan General de Contabilidad, recogido en el Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, en los epígrafes siguientes:

- Propiedad Industrial y Patentes.
- Aplicaciones informáticas.
- Terrenos y bienes naturales.
- Construcciones.
- Instalaciones técnicas.
- Maquinaria.
- Utillaje.
- Otras instalaciones.
- Equipos para procesos de información.

La inversión en «Terrenos y Bienes naturales», así como, «Construcciones» se considerará por una cuantía máxima igual al resto de los activos subvencionables.

b) Que sean utilizados o entren en funcionamiento por primera vez, excepto en el caso de que se trate de la adquisición de edificios y otras construcciones ya usados, que tendrán el tratamiento de nuevos.

c) Que tengan establecido un período mínimo de amortización de tres años, debiendo permanecer, al menos, tres años en el activo de la empresa.

d) Que la inversión financiada mediante arrendamiento financiero incluya, explícitamente, al efecto de considerarla inversión subvencionable, la opción de compra al término del contrato del mismo, así como el compromiso de ejecutar la misma firmado por las dos partes.

e) Que, con carácter general, no se hallen cedidos a terceras personas, con o sin contraprestación.

f) Que, con carácter general, no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante o por empresas asociadas o vinculadas.


La inversión admitida mínima será de 120.000 euros y conllevará a su vez, mantenimiento y/o generación de empleo, en un período máximo de 24 meses desde el inicio de las inversiones.


Beneficiarios

Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial y aquellas cuya actividad principal sea la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology) en empresas industriales (registradas en el Libro Blanco de la Ciberseguridad en Euskadi), que se consideren de base tecnológica y/o innovadora


Ayuda

200.000 euros por empleo generado, y un máximo de 150.000 euros cuando se trate de mantenimiento de empleo.
En ningún caso, se podrá superar la cantidad de 1.500.000 euros.