CREACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS EN SAN SEBASTIAN 2025
| Entidad | Ámbito | Área | Inicio | Fin |
|---|---|---|---|---|
| FOMENTO SAN SEBASTIAN | CREACION DE EMPRESAS | GIPUZKOA | 20/06/2025 | 31/12/2025 |
Plazo de ejecución
2 meses antes del alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), hasta 12 meses posteriores al alta.
Porcentaje
80%
Objeto
Apoyar a las nuevas empresas creadas en San Sebastián que generen nuevos puestos de trabajo tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Hechos
Serán subvencionables los gastos necesarios para la puesta en marcha de la empresa, y que se realicen en el periodo comprendido entre 2 meses antes del alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), hasta 12 meses posteriores al alta.
En caso de gastos vinculados a las reformas de locales comerciales a pie de calles estos podrán ser anteriores a los 2 meses marcados antes del alta.
Los gastos que son subvencionables son:
- Gastos para la constitución de la empresa (licencias de apertura, licencias de actividad, gastos de notaría, etc.)
- La adquisición de empresas existentes para continuar con la actividad desarrollada por la mismas.
- Inversiones.
- La adquisición de vehículos siempre que se pueda probar que son para la actividad.
- Gastos derivados de la tramitación y obtención de patentes, modelos de utilidad, marcas y diseños industriales.
- Gastos de formación ligados a la propia actividad y a la preparación profesional de los socios.
- Cuotas relativas al pago de la cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos y régimen general de la Seguridad Social.
- Salarios.
- Obras de acondicionamiento y/o rehabilitación de los inmuebles afectos a la actividad económica.
- Gastos de comunicación ligados al proyecto.
- Gastos de arrendamiento (alquileres) de los inmuebles afectos a la actividad económica.
- Cuotas del préstamo hipotecario del local comercial.
- Gastos de gestión inmobiliaria vinculados al local de la actividad
- Gastos de obra o rehabilitación de locales comerciales. Los gastos subvencionables y que se deberán justificar en este apartado deberán ser los siguientes:
1, Reforma o sustitución de escaparates, persianas.
2, Iluminación interior y exterior.
3, Obras y reformas de albañilería, carpintería, fontanería, electricidad, y pintura del local
4, Remodelación-reforma de fachada: trabajos de albañilería, carpintería y pintura.
5, Accesibilidad.
6, Proyecto técnico de reforma del local firmado por técnico colegiado competente y tasa municipal correspondiente a la licencia de obras del local y licencia de apertura del local, si procede.
7, Otros de carácter similar
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas, válidamente constituidas que hayan iniciado su actividad a lo largo del año 2025, que tengan domicilio fiscal de la actividad y centro de trabajo en San Sebastián y hayan generado empleo o autoempleo.
Ayuda
- Diez mil (10.000 ) euros para las nuevas empresas con local comercial a pie de calle.
- Cinco mil cien (5.100 ) euros para las nuevas empresas sin local comercial a pie de calle