TRANSICIÓN VERDE LÍNEA 2: INVERSIONES VERDES
| Entidad | Ámbito | Área | Inicio | Fin |
|---|---|---|---|---|
| Diputación Foral de Bizkaia | MEDIO AMBIENTE | BIZKAIA | 18/05/2026 | 05/06/2026 |
Plazo de ejecución
Del 01/01/2026 al 30/06/2027
Porcentaje
35% - 50%
Objeto
Apoyar inversiones que ayuden a reducir de forma sustancial el impacto ambiental neto de las empresas de Bizkaia, favoreciendo la incorporación de tecnologías, equipamientos e instalaciones que mejoren la eficiencia en el uso de energía y recursos, impulsen el uso de energías renovables y contribuyan a una actividad empresarial más sostenible.
Hechos
Tendrán la consideración de hecho subvencionable las inversiones que reduzcan de forma sustancial el impacto ambiental de las empresas y que respondan a una de las siguientes tipologías:
a) Instalaciones de generación de energía renovable para autoconsumo.
B) Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales por elementos que consuman energía de fuentes renovables.
C) Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales para pasar a utilizar mejores tecnologías disponibles o tecnologías incluidas en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.
D) Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales por instalaciones de mayor eficiencia en el uso de energía y recursos.
E) Implantación de sistemas integrales de gestión de la demanda energética.
Serán subvencionables las inversiones en equipamiento y, hasta un 20% del coste, los gastos asociados a obras civiles, desmantelamientos, proyectos técnicos, legalización y licencias. También podrán subvencionarse licencias de software durante 12 meses cuando estén directamente vinculadas al proyecto.
Beneficiarios
Podrán acceder a las ayudas las empresas con personalidad jurídica propia que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social y fiscal en Bizkaia.
- Contar con al menos un centro productivo en Bizkaia.
- Desarrollar una actividad vinculada al proyecto en los sectores de industria, construcción, transporte, servicios conexos con la industria, turismo o comercio al por mayor, según los epígrafes recogidos en el anexo del decreto.
- Disponer de una plantilla de entre 5 y 250 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.
Ayuda
La ayuda máxima será de 100.000 euros.