Plazo de ejecución
Porcentaje
Objeto
Emprendimiento y/o digitalización de los servicios, y actividades de promoción y comercialización de nuevos productos turísticos para empresas turísticas de Gipuzkoa.
Hechos
– Mejora en la calidad de productos turísticos: gastos vinculados a la creación, promoción y comercialización de productos tur´siticos que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
– Sean nuevos o innovadores.
– Se conciban con carácter claramente sostenible o supongan una mejora notable de la sostenibilidad de un producto existente.
– Impliquen integración de colectivos con necesidades especiales de accesibilidad.
– Incorporen de forma específica la temática de las mujeres, mediante mediante actividades, rutas, contenidos o experiencias que visibilicen su historia, aportaciones y tradiciones.
– Se desarrollen fundamentalmente en temporada baja.
– Abarquen en su oferta al menos un municipio del interior del teritorio.
– Innovación social y tecnológica: gastos vinculados al desarrollo e implantación de los siguientes elementos:
– Herramientas tecnológicas orientadas a mejorar la promoción o la comercialización del negocio turístico.
– Herramientas tecnológicas orientadas a la gamificación de productos turísticos.
– Incorporación de soluciones de Inteligencia Artificial que contribuyan de forma directa a mejorar la promoción o la comercialización del negocio turístico.
– Gastos de lanzamiento (sólo para empresas de nueva creación):
– Material prmocional: diseño , elaboración, maquetación y traducción de materiales para la promoción del negocio.
– Puesta en marcha: gastos de constitución legal, estudios de viabilidad, registro de marca y diseño de la imagen corporativa, entre otros.
– Se entiende como empresa de nueva creación aquella constituida entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de noviembre de 2026.
Beneficiarios
Personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y microempresas (empresas de menos de 10 de personas trabajadoras) cualquiera que sea su forma jurídica, cuya actividad sea alguna de las siguientes:
– Agencias receptivas de turismo que dispongan de licencia de agencias de viaje.
– Guías turísticos.
– Empresas de turismo activo.
– Establecimientos hoteleros.
– Apartamentos turísticos.
– Campings.
– Agroturismos, casas rurales y albergues.
– Viviendas y habitaciones de uso turístico siempre que los/las titulares sean personas jurídicas con, al menos, una persona trabajadora por cuenta ajena.
Ayuda
7.500 euros y 10.000 euros en el caso de empresas de nueva creación.