GASTOS DE PROMOCIÓN PARA PYMES Y AUTÓNOMOS DEL SECTOR TURISTICO

Entidad

Ámbito

Área

Fechas

Plazo de ejecución

Del 2 de diciembre de 2024 al 28 de noviembre de 2025

Porcentaje

50%

Objeto

Apoyar a autónomos y empresas del sector turístico alavés para cubrir los gastos de actividad o corrientes de promoción turística en el ejercicio 2025

Hechos

Se consideran subvencionables los gastos relacionados con la promoción turística, incluyendo:

1. Sistemas de comercialización online para la contratación de servicios turísticos.

2. Publicidad online y offline, incluyendo:

– Creación, traducción y actualización de páginas web (excepto hosting y mantenimiento).
– SEO, SEM, landing pages, blogs, redes sociales y email marketing.
– Adaptación a dispositivos móviles.

3. Diseño, elaboración, maquetación y traducción de material promocional (máx. 2.000 euros).

4. Creación, mejora, organización, promoción y comercialización de eventos o actividades (máximo 3 eventos).

5. Gastos de realización de visitas guiadas.

6. Planes de manejo ambientales y modelos de gestión inteligentes o sostenibles.

7. Afiliación a un máximo de dos asociaciones del sector turístico, si va ligada a otro gasto subvencionable.


Gastos NO subvencionables:

– Impresión de material promocional.
– Material promocional corporativo sin contenido turístico relevante.
– Acondicionamiento de locales, señalética o instalaciones en edificios.
– Compra de material inventariable o gastos de inversión.
– Formación, rotulación, distribución de material, gastos recurrentes (alquileres, luz, seguros, etc.).
– Patrocinios, merchandising, asesoramiento fiscal, laboral, contable o jurídico.
– Eventos promocionales gastronómicos, salvo que formen parte de un evento y no superen el 15 % del total del gasto del evento.

Beneficiarios

Pueden acceder PYMES y autónomos del sector turístico en Álava.

Sectores beneficiarios:
– Alojamientos turísticos (hoteles, apartamentos, campings, casas rurales, albergues).
– Agencias de viajes.
– Empresas de transporte turístico y turismo activo.
– Organizadores profesionales de congresos (OPCs).
– Guías turísticos.
– Empresas de promoción turística.
– Bodegas, únicamente para la organización, promoción y comercialización de un máximo de tres eventos o actividades enoturísticas.

Excepción:
– Empresas cuya actividad principal sea únicamente la restauración.

Ayuda

La ayuda cubrirá el 50 % del presupuesto subvencionable, con un importe máximo de 6.500 euros por beneficiario.
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